La Democracia interna de los Partidos Políticos en México
DOI:
https://doi.org/10.46589/rdiasf.v0i25.136Keywords:
Partidos Políticos, Democracia, EleccionesAbstract
En México se ha presentado una fuerte polémica sobre la necesidad de una mejor regulación del sistema de partidos, una vez que nuestro régimen político ha ingresado a la plena competitividad electoral, y adicionalmente se ha abonado a esto los recientes cambios que se han presentado en materia electoral. La reforma constitucional en materia política-electoral aprobada por el Congreso de la Unión, así como por la mayoría de las legislaturas de los Estados, publicada el 10 de febrero de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, cambio sustancialmente nuestro régimen electoral. Su objetivo principal es homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales. Estas Nuevas reglas de organización política se han establecido para la operación y el funcionamiento del sistema político mexicano que obligarán a replantear planes y estrategias de los partidos para la elección del próximo año.
Para ello el Instituto Nacional Electoral como organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, que sustituyó al IFE, ya tuvo su debut en el proceso electoral del 2015, con nuevas estructuras estatales reguladas por la federación en los organismos locales electorales (Artículo 41 Constitucional). El trabajo va a ser arduo ya que se renueva el Poder Ejecutivo Federal, nueve gubernaturas, también numerosos ayuntamientos y diputaciones locales, además, la Cámara de Diputados y la de Senadores del Congreso de la Unión. Es por ello que en la actualidad la función de los Consejeros Electorales es muy importante ya que la Democracia Mexicana requiere de un régimen abierto y competitivo de partidos que responda al carácter plural de la sociedad y que sea capaz de forjar un nuevo tipo de políticos y de Servidores Públicos comprometidos con el interés general buscando siempre el bien común. Lo cual implica para todos los actores en los procesos electorales, una responsabilidad de orden social, que debe reflejar, sin dar lugar a equívocos, por un lado, la obligación
consistente en conducir sus actividades dentro de los cauces legales, y por otro lado, ajustar su conducta a los principios del estado democrático, pues solo así, los propios gobernantes podrán ser en sí mismos verdaderos promotores del pueblo en la vida democrática del país. Por ende, resulta por demás indispensable el establecimiento de medidas adecuadas, para hacer funcionar las reformas constitucionales político electoral, y sus leyes secundarias.